En cierta ocasión una señora me preguntó: “Padre, ¿si no cumplo la penitencia, no realizo una buena confesión?”, yo le respondí: “La Iglesia enseña que para que el sacramento de la confesión (o penitencia y reconciliación) sea válido y fructuoso, deben cumplirse ciertos elementos esenciales. Tradicionalmente se enumeran cinco pasos para una buena confesión, y desde el punto de vista teológico y sacramental, tres actos del penitente y el acto del confesor”.
Los tres actos del penitente:
El examen de conciencia (preparatorio, aunque no esencial para la validez).
- La contrición o arrepentimiento de los pecados.
- La confesión de los pecados al sacerdote.
- La satisfacción o penitencia (cumplir lo que impone el confesor).
El acto del sacerdote:
La absolución, que perdona los pecados en nombre de Cristo.
Entonces, ¿qué pasa si falta alguno?
- Si falta la contrición:
No hay confesión válida. Es un requisito esencial. Sin verdadero arrepentimiento, no puede haber perdón, aunque se digan los pecados y se reciba la fórmula de absolución.
- Si falta la confesión de los pecados mortales:
También invalida el sacramento. Los pecados graves deben confesarse de manera íntegra, mencionando tipo y número en lo posible.
- Si no se cumple la penitencia:
Aquí hay que matizar.
La absolución es válida y el pecado es perdonado si hubo contrición y confesión sincera. El perdón de Dios no está condicionado al cumplimiento posterior de la penitencia, aunque esta es parte del signo sacramental y una expresión del arrepentimiento.
Sin embargo, no cumplir la penitencia (voluntariamente) puede ser pecado en sí mismo, porque indica falta de disposición a reparar. Además, se pierde parte del fruto del sacramento, ya que la penitencia es un acto de reparación, ayuda espiritual y medicina para el alma.
Si el penitente olvidó cumplirla, o no pudo hacerlo por causas ajenas, no incurre en pecado. Puede realizarla después, y sigue estando en gracia.
En resumen:
Sí, se puede haber hecho una buena confesión incluso si aún no se ha cumplido la penitencia, siempre que se tenga la intención sincera de cumplirla después.
No cumplirla por descuido leve no invalida el perdón.
No cumplirla deliberadamente o despreciarla puede ser un nuevo pecado.
- ¿Cuáles son los elementos esenciales del sacramento de la Reconciliación?
El sacramento de la Penitencia o Reconciliación consta de cinco elementos fundamentales, tres por parte del penitente y dos por parte del ministro:
Por parte del penitente:
- Examen de conciencia.
- Dolor de los pecados (contrición).
- Propósito de enmienda.
- Confesión de los pecados al sacerdote.
- Satisfacción o penitencia.
La penitencia impuesta por el sacerdote es parte del signo sacramental, pero su cumplimiento no es condición para que la absolución sea válida.
- ¿Qué sucede si una persona olvida o no cumple la penitencia?
Si una persona no cumple la penitencia por olvido o por alguna causa justa, la absolución que recibió sigue siendo válida y eficaz, porque la absolución se otorga con base en el arrepentimiento y la confesión sincera. No se anula retroactivamente por no haber cumplido la penitencia después.
El cumplimiento de la penitencia impuesta es un signo de conversión y reparación, pero su omisión no invalida la absolución ya dada. Sin embargo, si uno se da cuenta de que no la ha cumplido, debe cumplirla tan pronto como lo recuerde, o si ya no puede hacerlo (por ejemplo, si era rezar cierta oración y ya no recuerda cuál), puede pedir al sacerdote otra penitencia.
Hasta la semana que viene, si Dios quiere.
Pbro. Eduardo Michel Flores.
Leave A Comment
You must be logged in to post a comment.