En cierta ocasión una señora me preguntó:
– Padre, ¿Puedo comulgar si estoy divorciada?
– ¿Usted se casó por el civil o por la Iglesia?, le consulté.
– Yo me casé por el civil y por la Iglesia hace dieciséis años, pero hace cinco años, por infidelidad de mi esposo, me separé, y hace tres años que nos divorciamos al civil.
– Si usted se casó por la Iglesia, usted está casada, aunque esté separada de su marido; así que no es correcto decir que está divorciada, porque el divorcio no existe en la Iglesia, le expliqué.
– Entiendo. Estoy separada de mi marido desde hace cuatro años y desde entonces no me he acercado a los sacramentos, porque recién me separé de mi marido una amiga me dijo que si estaba divorciada, no me podía acercar a los sacramentos.
– Eso depende, le dije.
– ¿Depende de qué?, me preguntó.
– Depende de si está viviendo en una situación de pecado, es decir, si está conviviendo con otro hombre.
– No padre, yo estoy sola, es decir, dedicada a mis hijos y a mi trabajo, para sacarlos adelante, no hay ni ha habido otro hombre en mi vida.
– Si es así, usted no tiene ningún impedimento para acercarse a la Confesión y a la Comunión, porque el único impedimento sería estar en una situación de pecado.
Entonces ella me miró con agradecimiento y me dijo:
-Tengo varios años que no me acerco a los sacramentos porque vivo separada de mi marido y siempre creí que por eso mismo no podía acercarme, pero ahora le agradezco que me haya sacado de mi error y me alegro que me haya dicho que puedo recibir el perdón de Dios y la Sagrada Comunión.
Es muy lamentable que un matrimonio se separe, sobre todo por el sufrimiento que padecen los hijos, por el dolor que causa en los esposos y por el irreparable daño que se hace a la sociedad y a la Iglesia, pero debe quedar bien claro que si una persona que está legítimamente casada se separa y no vive ni convive con otra persona que no sea su cónyuge ante Dios puede acercarse a los sacramentos de la Penitencia y de la Eucaristía sin problema. Las personas divorciadas que se han vuelto a casar no pueden participar de los sacramentos de la Penitencia ni la Eucaristía por hallarse en una situación irregular y, por tanto, no están en las condiciones que se requieren para acceder a ellos. Es decir, lo que se llama «estado de gracia», que es el que alcanza un católico que se ha confesado, cuando se arrepiente de sus pecados y tiene propósito de enmienda. Las personas divorciadas vueltas a casar, se hallan en una nueva uniónque la Iglesia no puede reconocer como válida si era válido el anterior matrimonio. Se encontrarían, por tanto, en una situación de pecado. Las personas casadas y divorciadas civilmente pueden comulgar siempre y cuando observen las mismas normas que cualquier otro católico antes de acudir al sacramento de la Eucaristía. Para la Iglesia, el divorcio civil no es un problemapara recibir la Comunión. Son muchas las gracias que se dejan de recibir si no se participa de los sacramentos de la Reconciliación y de la Eucaristía pudiendo hacerlo, y muchas veces, por ignorancia o desconocimiento, los dejan de recibir quienes pueden hacerlo. Acerquémonos constantemente a los Sacramentos.
Dios los bendiga, nos leemos la próxima semana.
Pbro. Eduardo Michel Flores.
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